Locales

Logran acuerdo sobre el cese de exhumaciones

Se modificó el Artículo 22. Hace un mes el grupo de vecinos por el “No al Desentierro” presentó el proyecto de ordenanza.

Tras varios meses de reclamos por las exhumaciones del Cementerio Municipal La Piedad, este lunes hubo una nueva reunión de la Comisión de Legislación para tratar cambios en la ordenanza 118/82, que estipula el tratamiento que debe implementarse para el traslado de los cuerpos a las urnas. 

Luego de idas y venidas, se modificó el artículo 22 de la norma, estableciendo los períodos de arrendamiento: fosa individual, cinco años con opción a otros cinco años a solicitud del titular y/o heredero inmediato, en cuyo lapso se abonará la tasa con un aumento del 100%, respecto al canon anterior. 

Cumplido el último plazo el contrato se renovará anualmente con el pago del canon con un aumento del 10% anual, siempre que el titular y/o heredero inmediato no haya incumplido con lo dispuesto en el artículo 15 de la ordenanza, por un período de diez años más. 

Cumplido este último plazo se podrá seguir renovando el contrato a criterio municipal, el que deberá ser analizado conforme a la situación del particular interesado y de la situación de mora de otras fosas en condiciones de exhumación. 

El proyecto de ordenanza presentado por los vecinos buscaba establecer un tratamiento adecuado al traslado a las urnas, el tiempo necesario para ello, las tasas municipales que deben pagarse y la posibilidad de volver “opcional” el procedimiento. 

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